Hash 3X Filtradro
Hash 3X Filtradro
No se pudo cargar la disponibilidad de retiro
Compartir
Este polen de altísima calidad ha sido cuidadosamente sometido a un proceso de triple filtración, garantizando un producto excepcionalmente concentrado en CBD y repleto de los aromas distintivos del cannabis. Los paladares más exigentes reconocerán de inmediato el perfil aromático de la variedad Amnesia, conocida por su carácter único y sus notas terpenicas inconfundibles.
Esta pequeña joya será una elección segura tanto para los aficionados más experimentados como para quienes están comenzando su viaje en el mundo del cannabis, ya que combina sabores intensos con potenciales beneficios que seguramente apreciarán.
El hachís 3x filtrado se distingue por su proceso de fabricación único, que consiste en pasar la resina por varios tamices. Este proceso elimina la mayor cantidad posible de materia vegetal, dejando sólo lo esencial, es decir, los tricomas más ricos (los que contienen los cannabinoides y terpenos.
Contenido en el menor del 0,2 % legal.
Formato de 2-5-10-25-50 gramos
CBD 25%
Producto destinado para uso decorativo y coleccionismo o aromaterapia. No psicoactivo. Sin inhalar.
Todos los productos comercializados por catador de cbd cumplen con las leyes europeas sobre el cultivo de cáñamo:
-Los artículos 368, 371, 372 del Código Penal
– La Ley 17/1967, de 8 de abril de 1967, de actualización de la normativa vigente en materia de drogas y su adecuación a la Convención de las Naciones Unidas de 1961.
– Real Decreto 729/1999, de 12 de noviembre de 1999, por el que se actualiza la normativa vigente en materia de drogas y se adapta a la Convención de las Naciones Unidas de 1961.
– La DIRECTIVA – 13/06/2002, n° 53, Directiva del Consejo referente al catálogo común de las variedades de las especies de plantas agrícolas.
– Artículo 168 (Salud Pública), Título XIV, TFUE
– REGLAMENTO (UE) nº 639 de la COMISIÓN de 11 de marzo de 2014 por el que se completa el Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen disposiciones aplicables a los pagos directos a los agricultores en el marco de los regímenes de ayuda en el marco de la política agrícola común y se modifica el anexo X de dicho Reglamento.
– REGLAMENTO (UE) DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2013 por el que se establecen disposiciones aplicables a los pagos directos a los agricultores en el marco de los regímenes de ayuda en el marco de la política agrícola común y se derogan el Reglamento (CE) nº 637/2008 del Consejo y el Reglamento (CE) nº 73/2009 del Consejo.
– REGLAMENTO (UE) DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2013 nº 1308 por el que se crea una organización común de mercados en el sector de los productos agrícolas y se derogan los Reglamentos (CEE) nº 922/72, (CEE) nº 234/79, (CE) nº 1037/2001 y (CE) nº 1234/2007 del Consejo.
– Convención de Viena de las Naciones Unidas del 1988 sobre la Compraventa Internacional de Mercaderías.


